El Gobierno del presidente José María Balcázar declaró el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao por un periodo de 30 días calendario, con el objetivo de reforzar la lucha contra la criminalidad y las diversas manifestaciones de violencia.
La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 027-2026-PCM, publicado en edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano. Durante la vigencia de la disposición, la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas, las cuales participarán en operaciones de seguridad conforme al marco legal vigente.
El decreto establece además la restricción o suspensión de algunos derechos constitucionales, entre ellos la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales. Asimismo, la Policía determinará las zonas de intervención basándose en información de inteligencia, estadísticas y mapas del delito.
En cuanto a las actividades públicas, los eventos masivos de carácter religioso, cultural o deportivo deberán solicitar autorización previa ante las autoridades competentes, mientras que las actividades no masivas podrán desarrollarse sin permiso especial.
Adicionalmente, se dispuso que diversos organismos vinculados a la seguridad ciudadana permanezcan en sesión permanente durante el estado de emergencia, con el fin de coordinar acciones y evaluar los resultados de las medidas adoptadas para enfrentar la inseguridad en la capital y el primer puerto.



