El Indecopi multó al BBVA Perú con S/1.5 millones por realizar llamadas comerciales sin el consentimiento de los usuarios. La sanción fue impuesta en primera instancia y se enmarca en una fiscalización más amplia al sector financiero y a empresas de otros rubros.
La Comisión de Protección al Consumidor N.º 3 (CC3) determinó que el banco infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor al contactar a clientes sin autorización previa. La multa asciende a 279.50 UIT, equivalentes a S/1 537 250.
La investigación estuvo a cargo de la Dirección de Fiscalización del Indecopi, que analizó una muestra de 1,130 comunicaciones publicitarias. Según el organismo, el BBVA no acreditó que los consumidores hubieran otorgado un consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco.
El pronunciamiento oficial recuerda que la normativa prohíbe llamadas, mensajes de texto y comunicaciones electrónicas con fines comerciales cuando no existe autorización del usuario. Estas prácticas son consideradas una afectación directa a la libertad de elección del consumidor.
Un problema que va más allá del BBVA
El Indecopi advirtió que el caso no es aislado. Actualmente existen procedimientos sancionadores en curso contra otras entidades financieras y empresas por presuntas llamadas spam. Entre ellas figuran:
Banco de Crédito del Perú (BCP)
Scotiabank Perú
Interbank
Santander Consumer Bank
Oncosalud
Claro
Movistar
Además, durante 2025 ya se sancionó a Pacífico Seguros, Rímac Seguros y Entel Perú, esta última por no entregar información requerida sobre comunicaciones comerciales.
La resolución contra el BBVA fue comunicada el 26 de enero de 2026 y no agota la vía administrativa. El banco aún puede apelar ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor, que actuará como segunda y última instancia.
